El complemento para la reducción de la brecha de género es una cuantía económica adicional que se suma a la pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viuedad. Su objetivo es reparar el perjuicio que han sufrido las carreras cotizadas de quienes han asumido el cuidado de los hijos.
A continuación, te detallamos quién puede solicitarlo, las cuantías vigentes para este año y los pasos para tramitarlo correctamente ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Requisitos para solicitar el complemento
Pueden beneficiarse de este extra tanto mujeres como hombres que reciban una pensión contributiva y hayan tenido uno o más hijos. Sin embargo, los requisitos varían según el sexo del solicitante:
Requisitos para mujeres:
- Tener acreditado al menos un hijo inscrito en el Registro Civil.
- Ser beneficiaria de una pensión contributiva de jubilación (ordinaria, anticipada involuntaria o demorada), incapacidad permanente o viuedad.
Requisitos para hombres:
- Para hijos nacidos hasta 1994: Acreditar más de 120 días sin cotizar entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores.
- Para hijos nacidos a partir de 1995: Que la suma de las bases de cotización de los 24 meses siguientes al nacimiento sea inferior en más de un 15% a la de los 24 meses anteriores.
Importante para hombres jubilados: La justicia europea y el Tribunal Supremo han determinado que los padres que cumplan los requisitos tienen derecho a cobrar este complemento incluso de forma retroactiva si su pensión se aprobó en años anteriores y se les fue denegado.
Cuantías económicas asignadas por hijo
El importe de este complemento se abona mensualmente en 14 pagas y no está sujeto a topes en el límite máximo de las pensiones contributivas.
| Número de hijos | Importe mensual aproximado | Importe anual total |
| 1 hijo | ~33,20 € / mes | ~464,80 € / año |
| 2 hijos | ~66,40 € / mes | ~929,60 € / año |
| 3 hijos | ~99,60 € / mes | ~1.394,40 € / año |
| 4 o más hijos | ~132,80 € / mes | ~1.859,20 € / año |
Cómo solicitar el complemento paso a paso
Existen tres vías oficiales para realizar el trámite ante la administración:
- En el momento de solicitar la pensión: En el propio formulario impreso o telemático de solicitud de la jubilación existe una casilla específica para marcar el complemento aportando el libro de familia.
- Sede Electrónica de la Seguridad Social: Si ya estás cobrando la pensión, puedes acceder al portal «Tu Seguridad Social» con certificado digital, Cl@ve o vía SMS y adjuntar el certificado de nacimiento de los hijos.
- Presencialmente: Pidiendo cita previa en el INSS y entregando la solicitud física de variación de datos de la pensión.
¿Te han denegado el complemento o eres hombre jubilado antes de la reforma?
Si la Seguridad Social te ha rechazado la solicitud del complemento o eres un jubilado varón al que no le reconocieron el derecho en su momento, tienes derecho a reclamar los atrasos retroactivos acumulados.
Si necesitas asistencia para evaluar tu caso o interponer una reclamación formal ante el INSS, puedes dejarnos tus datos de contacto a través de nuestro formulario y te derivaremos con un profesional especializado en derecho laboral.