La jubilación anticipada en 2026 permite retirarse hasta dos años antes de la edad ordinaria por decisión voluntaria o hasta cuatro años antes cuando el cese laboral se produce por determinadas causas ajenas al trabajador.
El adelanto implica aplicar un coeficiente reductor mensual y permanente sobre la pensión. El recorte depende de los meses de anticipación, los años cotizados y la modalidad utilizada.
Resumen: en 2026 puede ser posible jubilarse voluntariamente desde los 63 años o involuntariamente desde los 61, pero no basta con alcanzar esa edad. Deben cumplirse los requisitos de cotización, situación laboral y cuantía mínima establecidos por la Seguridad Social.
Además de las modalidades voluntaria e involuntaria, existen supuestos especiales que permiten retirarse antes sin aplicar las mismas penalizaciones económicas. Es el caso de la jubilación anticipada por discapacidad, que permite adelantar la edad cuando se acredita un grado igual o superior al 45% o al 65% y se cumplen los requisitos específicos.
Edad ordinaria de jubilación en 2026
Antes de calcular una jubilación anticipada hay que determinar la edad ordinaria que corresponde al trabajador:
| Cotización acreditada | Edad ordinaria en 2026 |
|---|---|
| 38 años y 3 meses o más | 65 años |
| Menos de 38 años y 3 meses | 66 años y 10 meses |
Puedes ampliar esta información en nuestra tabla de edad de jubilación y años cotizados en 2026.
Si te faltan meses para completar el mínimo exigido, revisa cuándo puede contar el servicio militar para la jubilación. La guía incluye ejemplos y explica cómo preparar la acreditación.
La proyección de cotizaciones puede cambiar la edad de referencia
Para comprobar la edad mínima de acceso a la jubilación anticipada, la Seguridad Social considera, exclusivamente a estos efectos, la cotización que el trabajador habría acumulado si hubiera continuado cotizando hasta su edad ordinaria.
Por ejemplo, una persona de 63 años que tenga 37 años cotizados podría alcanzar más de 38 años y 3 meses al proyectar sus cotizaciones hasta los 65 años. En ese caso, su edad ordinaria de referencia puede ser 65 años y podría cumplir el requisito de edad para jubilarse voluntariamente a los 63.
Atención: esta proyección solo se utiliza para determinar la edad legal de referencia. El coeficiente reductor se elige atendiendo a los años realmente cotizados en la fecha de jubilación.
Ejemplo reproducible de edad de referencia
Imagina una persona nacida el 1 de enero de 1965, con 36 años cotizados a 20 de septiembre de 2026 y que continúa trabajando. A los 65 años alcanzaría, en la hipótesis de continuidad, la cotización necesaria para que esa sea su edad ordinaria de referencia. Si compara una jubilación voluntaria 24 meses antes, la fecha matemática sería el 1 de enero de 2028. Para el coeficiente se revisa la cotización acreditada en la fecha anticipada; la cotización hipotética hasta los 65 años se utiliza para la edad de referencia y no se añade de nuevo al importe.
Este ejemplo no comprueba la situación de alta, la pensión mínima familiar ni los documentos de acceso. En la modalidad voluntaria, la pensión resultante debe superar la mínima que corresponda al cumplir 65 años. En la involuntaria hay que acreditar una causa legal de cese y la inscripción como demandante durante seis meses, además del resto de requisitos.
Diferencias entre jubilación anticipada voluntaria e involuntaria
| Característica | Voluntaria | Involuntaria |
|---|---|---|
| Adelanto máximo | 24 meses | 48 meses |
| Edad mínima orientativa | 63 o 64 años y 10 meses | 61 o 62 años y 10 meses |
| Cotización mínima | 35 años | 33 años |
| Causa del cese | Decisión del interesado | Una de las causas legales admitidas |
| Demandante de empleo | No se exigen seis meses | Al menos seis meses antes de solicitarla |
| Penalización máxima habitual | Entre el 13% y el 21% | Entre el 24% y el 30% |
Un mismo número de años no produce siempre el mismo recorte
El coeficiente depende de los meses exactos de adelanto y del periodo cotizado que se acredita en la fecha de la jubilación. Estos ejemplos sirven para leer la tabla, no para reconocer un derecho:
| Modalidad | Adelanto | Cotización acreditada | Coeficiente de la tabla |
|---|---|---|---|
| Voluntaria | 24 meses | Menos de 38 años y 6 meses | 21 % |
| Voluntaria | 20 meses | Menos de 38 años y 6 meses | 11 % |
| Voluntaria | 12 meses | Menos de 38 años y 6 meses | 5,50 % |
| Voluntaria | 24 meses | Desde 38 años y 6 meses hasta menos de 41 años y 6 meses | 19 % |
| Involuntaria | 48 meses | Menos de 38 años y 6 meses | 30 % |
Los porcentajes se aplican a la pensión calculada antes del coeficiente. La reducción permanece en la pensión; no desaparece automáticamente al alcanzar la edad ordinaria.
Requisitos de la jubilación anticipada en 2026
Esta modalidad permite adelantar la jubilación un máximo de 24 meses. Para acceder deben cumplirse estos requisitos:
- Estar en alta o en una situación asimilada al alta en la Seguridad Social.
- Tener una edad como máximo dos años inferior a la edad ordinaria aplicable.
- Acreditar al menos 35 años de cotización efectiva.
- Que al menos dos años de cotización estén comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores al hecho causante.
- Que la pensión resultante sea superior a la pensión mínima que correspondería por la situación familiar del interesado al cumplir 65 años.
Para completar los 35 años puede computarse hasta un año de servicio militar obligatorio, prestación social sustitutoria o servicio social femenino obligatorio. No se añade la parte proporcional correspondiente a las pagas extraordinarias.
Los trabajadores autónomos también pueden utilizar la jubilación anticipada voluntaria si cumplen sus requisitos. Sin embargo, el simple cese de actividad de un autónomo no permite acceder automáticamente a la modalidad involuntaria.
Requisitos de la jubilación anticipada involuntaria
La jubilación anticipada involuntaria permite adelantar el retiro hasta 48 meses, pero exige que la extinción del contrato responda a una de las causas previstas legalmente.
- Acreditar un mínimo de 33 años cotizados.
- Tener una edad como máximo cuatro años inferior a la edad ordinaria aplicable.
- Haber permanecido inscrito como demandante de empleo durante al menos los seis meses inmediatamente anteriores a la solicitud.
- Acreditar dos años de cotización dentro de los 15 años anteriores.
- Que el último cese laboral se encuentre entre las causas admitidas.
Para completar los 33 años también puede computarse, con el límite máximo de un año, el servicio militar, la prestación social sustitutoria o el servicio social femenino obligatorio.
Despidos y ceses que permiten acceder
- Despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Despido objetivo conforme al artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.
- Extinción del contrato por resolución judicial dentro de un procedimiento concursal.
- Muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual.
- Extinción de la personalidad jurídica de la empresa.
- Fuerza mayor constatada por la autoridad laboral.
- Extinción solicitada por el trabajador ante un traslado, una modificación sustancial de las condiciones o un incumplimiento grave del empresario, en los supuestos previstos legalmente.
- Extinción por voluntad de una trabajadora víctima de violencia de género o violencia sexual.
En los despidos colectivos, objetivos y determinadas extinciones solicitadas por el trabajador se debe acreditar el cobro de la indemnización mediante transferencia bancaria o documentación equivalente. También sirve haber presentado una demanda para reclamarla o impugnar la extinción.
No todos los despidos dan acceso: un despido disciplinario, una baja voluntaria ordinaria o la finalización de un contrato temporal no permiten por sí solos utilizar la jubilación anticipada involuntaria.
Cómo funcionan los coeficientes reductores
La penalización se aplica por cada mes o fracción de mes que falte para alcanzar la edad ordinaria. El porcentaje se descuenta de la pensión obtenida después de aplicar a la base reguladora el porcentaje correspondiente a los años cotizados.
Los coeficientes se dividen en cuatro tramos:
- Tramo 1: menos de 38 años y 6 meses cotizados.
- Tramo 2: desde 38 años y 6 meses hasta menos de 41 años y 6 meses.
- Tramo 3: desde 41 años y 6 meses hasta menos de 44 años y 6 meses.
- Tramo 4: 44 años y 6 meses o más.
Los periodos se toman completos. Una fracción no se redondea al tramo siguiente: tener 38 años y 5 meses no equivale a tener 38 años y 6 meses.
Tabla de jubilación anticipada voluntaria en 2026
Estos son los coeficientes correspondientes a los meses de adelanto más relevantes:
| Meses de adelanto | Menos de 38 años y 6 meses | 38 años y 6 meses a 41 años y 5 meses | 41 años y 6 meses a 44 años y 5 meses | 44 años y 6 meses o más |
|---|---|---|---|---|
| 24 meses | 21,00% | 19,00% | 17,00% | 13,00% |
| 23 meses | 17,60% | 16,50% | 15,00% | 12,00% |
| 22 meses | 14,67% | 14,00% | 13,33% | 11,00% |
| 21 meses | 12,57% | 12,00% | 11,43% | 10,00% |
| 18 meses | 8,80% | 8,40% | 8,00% | 7,60% |
| 12 meses | 5,50% | 5,25% | 5,00% | 4,75% |
| 6 meses | 4,00% | 3,82% | 3,64% | 3,45% |
| 3 meses | 3,52% | 3,36% | 3,20% | 3,04% |
| 1 mes | 3,26% | 3,11% | 2,96% | 2,81% |
La reducción depende del mes exacto y de la carrera de cotización. Compara varios adelantos en la calculadora de jubilación anticipada y abre el desglose para ver el coeficiente aplicado.
Dato práctico: adelantar exactamente 24 meses produce un salto importante. En el primer tramo, esperar solo un mes reduce el coeficiente del 21% al 17,60%; esperar tres meses lo reduce al 12,57%.
Tabla de jubilación anticipada involuntaria
| Meses de adelanto | Menos de 38 años y 6 meses | 38 años y 6 meses a 41 años y 5 meses | 41 años y 6 meses a 44 años y 5 meses | 44 años y 6 meses o más |
|---|---|---|---|---|
| 48 meses | 30,00% | 28,00% | 26,00% | 24,00% |
| 42 meses | 26,25% | 24,50% | 22,75% | 21,00% |
| 36 meses | 22,50% | 21,00% | 19,50% | 18,00% |
| 30 meses | 18,75% | 17,50% | 16,25% | 15,00% |
| 24 meses | 15,00% | 14,00% | 13,00% | 12,00% |
| 18 meses | 8,80% | 8,40% | 8,00% | 7,60% |
| 12 meses | 5,50% | 5,25% | 5,00% | 4,75% |
| 6 meses | 3,75% | 3,50% | 3,25% | 3,00% |
| 1 mes | 0,63% | 0,58% | 0,54% | 0,50% |
Durante los dos últimos años de anticipación, algunos coeficientes de la modalidad involuntaria coinciden con los de la voluntaria. En los últimos seis meses son sensiblemente más favorables en la jubilación involuntaria.
Puedes utilizar nuestra calculadora de jubilación anticipada para comparar el importe orientativo de tu pensión ordinaria con el resultado de adelantar el retiro.
Ejemplo: jubilación voluntaria a los 63 años
Supongamos una persona de 63 años con 37 años cotizados y una base reguladora de 1.800 euros. Al proyectar su cotización hasta los 65 años puede cumplir el requisito de edad para el acceso anticipado.
- Porcentaje por años cotizados: con 37 años alcanza el 100% de la base reguladora en 2026.
- Pensión teórica antes del recorte: 1.800 euros mensuales.
- Tramo aplicable: menos de 38 años y 6 meses cotizados.
- Adelanto: 24 meses.
- Coeficiente reductor: 21%.
- Pensión resultante: 1.800 € × 79% = 1.422 euros mensuales.
- Reducción: 378 euros mensuales, equivalentes a 5.292 euros en 14 pagas durante el primer año completo.
El recorte es permanente, pero la pensión resultante seguirá revalorizándose cada año conforme a las reglas generales aplicables a las pensiones contributivas.
¿Compensa esperar algunos meses?
Esperar puede reducir mucho el coeficiente, pero también supone renunciar a varios meses de pensión. La comparación debe incluir:
- Las mensualidades que se dejan de cobrar durante la espera.
- La reducción permanente que se evita.
- Las nuevas cotizaciones realizadas durante ese periodo.
- El posible cambio a un tramo de cotización más favorable.
- El IRPF aplicable en cada escenario.
- El efecto sobre futuras prestaciones de viudedad.
En el ejemplo anterior, pasar de 24 a 21 meses de adelanto reduciría el recorte del 21% al 12,57%. La pensión estimada pasaría de 1.422 a 1.573,74 euros mensuales, una diferencia de 151,74 euros al mes.
La decisión no debe basarse únicamente en la diferencia mensual. También habría que calcular cuántos años serían necesarios para recuperar las mensualidades no cobradas durante la espera.
Caso especial del subsidio por desempleo
Cuando el trabajador accede a la jubilación anticipada voluntaria mientras cobra un subsidio por desempleo y lo ha percibido durante al menos tres meses, pueden aplicarse los coeficientes reductores previstos para la jubilación anticipada involuntaria.
Esto puede resultar especialmente relevante para los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años, aunque deben seguir cumpliéndose los restantes requisitos de la modalidad voluntaria.
Qué ocurre si la pensión supera el máximo
Cuando la pensión teórica supera el límite máximo, existen reglas específicas y un calendario transitorio para aplicar los coeficientes reductores. Por ello, una persona con bases altas no debe calcular el recorte limitándose a restar el porcentaje de la tabla al máximo de 2026.
En estos casos es especialmente importante utilizar el simulador oficial, ya que el resultado depende del año de jubilación, los meses de adelanto y la carrera de cotización. Puedes consultar también nuestra guía sobre las pensiones mínimas y máximas en 2026.
Cuándo puede no convenir jubilarse anticipadamente
- Cuando faltan pocos meses para reducir significativamente el coeficiente.
- Cuando continuar cotizando permite entrar en un tramo más favorable.
- Cuando la pensión voluntaria no supera la cuantía mínima exigida para acceder.
- Cuando existen lagunas o bases reducidas que pueden mejorarse continuando en activo o mediante un convenio especial.
- Cuando se tiene derecho a prestación o subsidio por desempleo y resulta más favorable agotarlo antes de jubilarse.
- Cuando se espera alcanzar pronto los años necesarios para cobrar el 100% de la base reguladora.
Si necesitas mantener tus cotizaciones después de dejar de trabajar, consulta cómo funciona el Convenio Especial con la Seguridad Social en 2026.
Cómo solicitar la jubilación anticipada
- Obtén tu vida laboral y tus bases de cotización: comprueba que no existan periodos incorrectos o pendientes de incorporar.
- Realiza varias simulaciones: compara la primera fecha posible con una espera de 1, 3, 6 y 12 meses.
- Prepara la documentación del cese: en la modalidad involuntaria necesitarás acreditar la causa, la inscripción como demandante de empleo y, cuando corresponda, el cobro o reclamación de la indemnización.
- Presenta la solicitud: puede tramitarse en el Portal de Prestaciones de la Seguridad Social o presencialmente ante el INSS.
La solicitud de jubilación puede presentarse, con carácter general, dentro de los tres meses anteriores o posteriores a la fecha prevista. Para acudir al INSS consulta cómo pedir cita previa en la Seguridad Social.
Documentación habitual
- DNI o NIE del solicitante.
- Número de cuenta bancaria.
- Formulario oficial de solicitud de jubilación.
- Certificado de empresa y carta de despido, cuando corresponda.
- Justificante de inscripción como demandante de empleo.
- Transferencia o justificante del cobro de la indemnización.
- Demanda judicial o documento de impugnación si la indemnización no se ha cobrado.
- Documentación sobre servicio militar, prestación sustitutoria o servicio social femenino si resulta necesaria para completar el periodo mínimo.
Antes de presentar la solicitud
- Comprueba la edad ordinaria de referencia, no solo tu edad actual.
- Cuenta meses completos: 38 años y 5 meses no entra en el tramo de 38 años y 6 meses.
- Separa el requisito de acceso de la reducción económica.
- Revisa si el servicio militar solo puede ayudarte a completar el mínimo de una modalidad concreta.
- Contrasta la fecha y el importe en tu simulación oficial antes de extinguir el contrato.
Preguntas frecuentes
¿El recorte desaparece al alcanzar la edad ordinaria?
No. El coeficiente reductor aplicado al jubilarse anticipadamente es permanente. La pensión seguirá revalorizándose, pero no recuperará automáticamente el porcentaje descontado.
¿Una baja voluntaria permite jubilarse anticipadamente?
Puede permitir acceder a la modalidad voluntaria si se cumplen sus requisitos. No permite acceder a la modalidad involuntaria, salvo las extinciones por voluntad del trabajador expresamente contempladas en la ley.
¿La prejubilación es lo mismo que la jubilación anticipada?
No. La prejubilación suele ser un acuerdo privado entre empresa y trabajador hasta alcanzar la edad de acceso a una pensión. La jubilación anticipada es una modalidad de pensión reconocida por la Seguridad Social.
¿Puedo jubilarme a los 63 años con 35 años cotizados?
No existe una respuesta automática. Los 35 años permiten cumplir el periodo mínimo de la modalidad voluntaria, pero también debe verificarse la edad ordinaria proyectada, el requisito de cotización específica y que la pensión resultante supere la mínima exigida.
Fuentes oficiales
- Ley General de la Seguridad Social: artículos 207 y 208.
- Portal oficial de la Seguridad Social: pensión de jubilación y simulador.
Contenido informativo actualizado para 2026. La fecha exacta de acceso y el importe deben comprobarse mediante el simulador oficial o una resolución del INSS.
