Pensión de jubilación de funcionarios en Clases Pasivas en 2026: cálculo, haber regulador, porcentaje y compatibilidades

Última revisión: 20 de agosto de 2026.

La pensión de jubilación de los funcionarios incluidos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado no se calcula utilizando las bases de cotización de los últimos años. Su importe depende principalmente del haber regulador asignado al cuerpo o subgrupo del funcionario y del porcentaje correspondiente a sus años de servicios efectivos al Estado.

En 2026 continúa siendo posible, con carácter general, acceder a la jubilación voluntaria desde los 60 años cuando se acreditan al menos 30 años de servicios. Sin embargo, jubilarse con 30 años no permite cobrar el 100% del haber regulador: el porcentaje aplicable es el 81,73%. Para alcanzar el 100% se requieren 35 años o más.

Datos esenciales en 2026: mínimo de 15 años para causar una pensión ordinaria; jubilación voluntaria desde los 60 años con 30 años de servicios; 100% del haber regulador con 35 años; y pensión pública máxima de 47.034,40 euros anuales.

Claves de la jubilación de Clases Pasivas en 2026

Quién pertenece a Clases Pasivas

Clases Pasivas es un régimen cerrado a nuevas incorporaciones. Continúan protegidos por él determinados funcionarios y personal público que ingresaron antes del 1 de enero de 2011, entre ellos:

  • Funcionarios de carrera de la Administración Civil del Estado.
  • Personal militar de carrera y determinados colectivos militares incluidos legalmente.
  • Personal de la Administración de Justicia incluido en este régimen.
  • Funcionarios de las Cortes Generales y otros órganos constitucionales.
  • Funcionarios docentes que conservaron el régimen de Clases Pasivas después de las transferencias educativas a las comunidades autónomas.
  • Otros cuerpos y escalas expresamente incluidos en el artículo 2 de la Ley de Clases Pasivas.

Los funcionarios de nuevo ingreso desde el 1 de enero de 2011 están incluidos, a efectos de pensiones, en el Régimen General de la Seguridad Social, aunque puedan pertenecer a MUFACE, ISFAS o MUGEJU para otras coberturas.

MUFACE y Clases Pasivas no son lo mismo. MUFACE gestiona prestaciones como la asistencia sanitaria y determinados subsidios, mientras que Clases Pasivas regula las pensiones. Un funcionario puede estar en MUFACE y, al mismo tiempo, pertenecer al Régimen General a efectos de jubilación.

Si ingresaste desde 2011, debes consultar las edades y periodos del sistema general en nuestra tabla de edad de jubilación en 2026.

Modalidades de jubilación en Clases Pasivas

Jubilación forzosa por edad

La jubilación forzosa se declara de oficio cuando el funcionario alcanza la edad correspondiente a su cuerpo:

  • Regla general: 65 años.
  • Cuerpos docentes universitarios: 70 años, con las particularidades relacionadas con la finalización del curso académico.
  • Magistrados, jueces, fiscales y letrados de la Administración de Justicia: 70 años.
  • Otros colectivos: pueden tener edades específicas establecidas por su legislación propia.

Cuando la edad forzosa es de 65 años, puede solicitarse en determinados casos la prolongación de la permanencia en servicio activo hasta los 70. No es automática: depende de la normativa aplicable y de la resolución motivada de la Administración.

Jubilación voluntaria desde los 60 años

La regla general permite solicitar la jubilación voluntaria cuando se cumplen simultáneamente estas condiciones:

  1. Tener cumplidos 60 años.
  2. Acreditar al menos 30 años de servicios efectivos al Estado.
  3. Presentar la solicitud con al menos tres meses de antelación a la fecha elegida.

No se aplican los coeficientes reductores mensuales propios de la jubilación anticipada del Régimen General. No obstante, la pensión se calcula con el porcentaje correspondiente a los años acreditados:

  • Con 30 años corresponde el 81,73% del haber regulador.
  • Con 32 años corresponde el 89,04%.
  • Con 35 años o más corresponde el 100%.

Atención al cómputo recíproco: si necesitas sumar cotizaciones de otros regímenes para completar los 30 años, los últimos cinco años de servicios computables deben estar cubiertos normalmente en Clases Pasivas, salvo las excepciones legales aplicables a determinados cambios de régimen por acceso o promoción.

Jubilación por incapacidad permanente para el servicio

Puede declararse cuando una enfermedad o lesión impide de forma permanente el desempeño de las funciones propias del cuerpo, escala, plaza o carrera del funcionario.

Para calcularla se consideran, con carácter general, los años completos que faltan hasta la edad de jubilación forzosa como servicios prestados en el cuerpo al que pertenecía el funcionario en el momento del retiro. Existen excepciones, por ejemplo, para determinadas situaciones de excedencia voluntaria o suspensión firme.

Qué es el haber regulador

El haber regulador es una cantidad anual fijada legalmente para cada cuerpo, escala o subgrupo. No coincide necesariamente con el sueldo real del funcionario.

Por tanto, no se incorporan directamente al cálculo el complemento de destino, el complemento específico, la productividad, las guardias, las horas extraordinarias ni otros conceptos retributivos del puesto.

Haberes reguladores oficiales de Clases Pasivas en 2026

Estos son los importes oficiales para las pensiones causadas en 2026 por personal ingresado en un cuerpo o escala después del 1 de enero de 1985:

Grupo o subgrupoHaber regulador anualEquivalencia mensual dividida entre 14
A152.697,06 €3.764,08 €
A241.473,91 €2.962,42 €
B36.317,13 €2.594,08 €
C131.852,67 €2.275,19 €
C225.200,74 €1.800,05 €
Agrupaciones Profesionales y antiguo grupo E21.485,65 €1.534,69 €

La equivalencia mensual solo muestra el haber regulador anual dividido entre 14. No es necesariamente la pensión final: todavía hay que aplicar el porcentaje por años de servicio, la fórmula para varios cuerpos y el límite máximo de las pensiones públicas.

Porcentajes oficiales por años de servicio

La pensión anual se obtiene aplicando al haber regulador el porcentaje correspondiente al número de años completos de servicios efectivos reconocidos.

AñosPorcentajeAñosPorcentaje
1526,92%2667,11%
1630,57%2770,77%
1734,23%2874,42%
1837,88%2978,08%
1941,54%3081,73%
2045,19%3185,38%
2148,84%3289,04%
2252,50%3392,69%
2356,15%3496,35%
2459,81%35 o más100,00%
2563,46%

Con menos de 15 años no se causa normalmente una pensión ordinaria de jubilación de Clases Pasivas. Los años incompletos requieren aplicar las reglas de cómputo previstas para las fracciones de servicio y los sucesivos cuerpos.

Fórmula básica para calcular la pensión

Cuando toda la carrera se ha desarrollado en un mismo cuerpo o subgrupo, el cálculo básico es:

Pensión anual teórica = Haber regulador × Porcentaje por años de servicio

Pensión mensual bruta = Pensión anual teórica ÷ 14

Después deben comprobarse el límite máximo de pensión pública, la posible concurrencia con otras pensiones, los complementos y la retención del IRPF.

Ejemplos prácticos con valores oficiales de 2026

Ejemplo 1: funcionario A1 con 35 años

  • Haber regulador A1: 52.697,06 euros anuales.
  • Porcentaje con 35 años: 100%.
  • Pensión teórica: 52.697,06 euros anuales.
  • Límite máximo inicial de pensión pública en 2026: 47.034,40 euros anuales.
  • Pensión inicial resultante: 47.034,40 euros anuales, equivalentes a 3.359,60 euros brutos en 14 pagas.

El haber regulador puede superar la pensión máxima, pero ello no permite cobrar por encima del límite general, salvo supuestos legalmente exceptuados.

Ejemplo 2: funcionario A2 que se jubila con 30 años

  • Haber regulador A2: 41.473,91 euros.
  • Porcentaje con 30 años: 81,73%.
  • Pensión anual teórica: 33.896,63 euros.
  • Pensión mensual bruta: 2.421,19 euros en 14 pagas.

Este ejemplo muestra por qué cumplir 60 años y 30 de servicio permite jubilarse, pero no garantiza el 100% del haber regulador.

Cómo se calcula si has trabajado en varios cuerpos

Cuando el funcionario ha pertenecido a distintos cuerpos o subgrupos, no se utiliza simplemente el haber regulador del último puesto. Se aplica la fórmula del artículo 31.2 de la Ley de Clases Pasivas:

P = R1 × C1 + (R2 − R1) × C2 + (R3 − R2) × C3 + ...
  • R1, R2 y R3: haberes reguladores de los cuerpos o grupos sucesivos.
  • C1: porcentaje correspondiente a los servicios totales desde el acceso al primer cuerpo.
  • C2: porcentaje correspondiente a los años completos desde el acceso al segundo cuerpo.
  • C3: porcentaje correspondiente a los años desde el acceso al tercer cuerpo.

Ejemplo de promoción de C1 a A2

Una funcionaria acredita 35 años: los primeros 10 en C1 y los últimos 25 en A2.

Haber regulador C1: 31.852,67 €
Haber regulador A2: 41.473,91 €

Porcentaje por 35 años totales: 100%
Porcentaje por 25 años desde el acceso a A2: 63,46%

Cálculo:
31.852,67 € × 100% = 31.852,67 €
(41.473,91 € − 31.852,67 €) × 63,46% = 6.105,64 €

Pensión anual teórica: 37.958,31 €
Pensión mensual bruta: 2.711,31 € en 14 pagas

El ejemplo es orientativo. Las fracciones de tiempo, periodos reconocidos, servicios simultáneos, jornadas reducidas y cambios entre varios cuerpos pueden modificar el resultado.

Cómputo recíproco con Seguridad Social y autónomos

Los periodos cotizados al Régimen General, al RETA o a otros regímenes pueden totalizarse con los servicios de Clases Pasivas mediante el cómputo recíproco de cuotas, siempre que no se superpongan.

  • Puede servir para alcanzar el mínimo de 15 años.
  • Puede ayudar a completar los 30 años exigidos para la jubilación voluntaria.
  • Puede aumentar el porcentaje de cálculo hasta el máximo correspondiente.
  • Los periodos procedentes de otros regímenes se asimilan al grupo correspondiente mediante las tablas de equivalencias.
  • Un mismo periodo no puede utilizarse dos veces para obtener dos pensiones incompatibles.

Si se necesitan cotizaciones externas para completar los 30 años de la jubilación voluntaria, deben comprobarse especialmente los últimos cinco años computables. Antes de presentar la solicitud conviene obtener el informe de vida laboral y verificar que todos los servicios previos estén reconocidos.

Pensión máxima y complementos a mínimos

El límite inicial de las pensiones públicas en 2026 es de 3.359,60 euros mensuales en 14 pagas, equivalentes a 47.034,40 euros anuales.

El límite se aplica al conjunto de pensiones públicas concurrentes, no de forma independiente a cada una. Existen excepciones específicas, como determinadas pensiones extraordinarias originadas por actos terroristas.

Cuando la pensión calculada es inferior a la mínima, puede solicitarse un complemento si se cumplen los requisitos de residencia, ingresos y concurrencia de pensiones. Consulta las cuantías en nuestra guía de pensiones mínimas y máximas en 2026.

Compatibilidad de Clases Pasivas con el trabajo

La regla general es más restrictiva de lo que suele creerse. No puede asumirse que la pensión sea automáticamente compatible con trabajar en una empresa privada o darse de alta como autónomo.

ActividadRegla generalConsecuencia
Puesto o alto cargo en el sector públicoIncompatible, salvo excepciones legales.Suspensión de la pensión durante la actividad incompatible.
Trabajo privado por cuenta ajenaIncompatible si produce inclusión en un régimen público de Seguridad Social, salvo modalidad permitida.Debe solicitarse o comunicarse la compatibilidad antes de comenzar.
Actividad como autónomoTambién es generalmente incompatible si obliga al alta en Seguridad Social.No basta con comunicarla para conservar íntegramente la pensión.
Jubilación activaPosible en jubilaciones forzosas si se accedió a la pensión al menos un año después de la edad forzosa.Se cobra el porcentaje de pensión correspondiente a los años de demora.
Actividad artísticaDispone de un régimen especial de compatibilidad.Puede permitir el 100% en los términos legales.
Incapacidad para el servicioPuede ser compatible con una actividad distinta si no existe incapacidad para toda profesión y no se aplicó cómputo recíproco.La pensión puede reducirse al 75% o al 55%.

Jubilación activa desde 2025

La jubilación activa de Clases Pasivas permite compatibilizar trabajo y pensión cuando se trata de una jubilación forzosa y el acceso a la pensión se ha demorado al menos un año completo después de la edad aplicable.

Años completos de demoraPorcentaje inicial de pensión compatible
1 año45%
2 años55%
3 años65%
4 años80%
5 años100%

El porcentaje aumenta cinco puntos por cada 12 meses ininterrumpidos en jubilación activa, con el límite del 100%. Existe una regla especial del 75% para determinados autónomos que mantienen o contratan trabajadores indefinidos cumpliendo las condiciones legales.

Una jubilación voluntaria a los 60 años no da acceso general a la jubilación activa. Antes de aceptar un trabajo o iniciar una actividad económica debe solicitarse confirmación a Gestión de Clases Pasivas.

Compatibilidad de la incapacidad para el servicio

Cuando el pensionista no está incapacitado para toda profesión u oficio, puede trabajar en una actividad distinta de la que realizaba al servicio del Estado si no se aplicó cómputo recíproco para reconocer su pensión.

  • Si acreditó más de 20 años de servicios, durante la compatibilidad cobra el 75% de la pensión.
  • Si acreditó menos de 20 años, cobra el 55%.
  • Si la incapacidad alcanza toda profesión u oficio, el trabajo resulta incompatible.

Complemento para reducir la brecha de género

Las pensiones de jubilación forzosa o por incapacidad para el servicio causadas desde el 4 de febrero de 2021 pueden generar el complemento para reducir la brecha de género cuando se cumplen sus requisitos.

En 2026 el complemento asciende a 36,90 euros mensuales por hijo, con un máximo de cuatro, y se abona en 14 pagas. Cada hijo solo puede generar un complemento y, tras la jurisprudencia europea de 2025, debe estudiarse la situación de ambos progenitores y cuál percibe la pensión más baja.

Consulta sus condiciones en nuestra guía sobre el complemento por brecha de género.

Fiscalidad y número de pagas

  • La pensión ordinaria se abona normalmente en 14 pagas.
  • Está sujeta al IRPF como rendimiento del trabajo.
  • Las pensiones por incapacidad que inhabilitan para toda profesión u oficio pueden estar exentas de IRPF.
  • La retención depende de la cuantía, circunstancias familiares y demás ingresos.

Si también vas a cobrar ahorro privado, planifica conjuntamente el rescate con nuestra guía sobre cómo rescatar un plan de pensiones en 2026.

Cómo tramitar la jubilación paso a paso

  1. Comprueba tu régimen: verifica con tu unidad de personal si perteneces a Clases Pasivas o al Régimen General.
  2. Revisa los servicios reconocidos: comprueba cuerpos, fechas de ingreso, excedencias, servicios previos, jornada reducida y periodos cotizados en otros regímenes.
  3. Solicita una estimación: utiliza el simulador oficial de Clases Pasivas y compara varias fechas de jubilación.
  4. Reúne la documentación: DNI, datos bancarios, certificación de servicios y documentos relativos al cómputo recíproco, cuando proceda.
  5. Presenta la jubilación voluntaria: entrégala al órgano de personal con al menos tres meses de antelación.
  6. Revisa el acuerdo de jubilación: comprueba la fecha de efectos y los servicios certificados.
  7. Comprueba la resolución de pensión: verifica haber regulador, años, porcentaje, límite máximo, complementos y retención.

El órgano de jubilación de tu ministerio, organismo o comunidad autónoma remite la documentación necesaria a la Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas para reconocer la pensión.

Errores que debes comprobar antes de jubilarte

  • Confundir pertenencia a MUFACE con pertenencia a Clases Pasivas.
  • Pensar que 30 años de servicio equivalen al 100% del haber regulador.
  • No tener reconocidos los servicios previos en otras administraciones.
  • Utilizar cotizaciones de otro régimen sin revisar la regla de los últimos cinco años.
  • Calcular la pensión utilizando el sueldo y los complementos de la nómina.
  • Olvidar que el haber regulador A1 puede quedar limitado por la pensión máxima.
  • Comenzar un trabajo o actividad autónoma sin comunicarlo previamente.
  • Presentar la jubilación voluntaria con menos de tres meses de antelación.

Preguntas frecuentes

¿Cobro el 100% si me jubilo a los 60 años?

Solo si acreditas al menos 35 años de servicios efectivos. Con 30 años puedes acceder a la jubilación voluntaria, pero el porcentaje es del 81,73%.

¿Los trienios aumentan la pensión?

No se incorporan directamente como una cantidad adicional. La pensión depende del haber regulador, los servicios reconocidos y los porcentajes legales.

¿Puedo cobrar dos pensiones?

Puede existir derecho a más de una pensión cuando se han generado de forma independiente, pero deben respetarse las reglas de incompatibilidad, no duplicar cotizaciones y aplicar el límite conjunto de pensiones públicas.

¿Puedo trabajar después de jubilarme voluntariamente?

La regla general es la incompatibilidad cuando el trabajo obliga al alta en un régimen de Seguridad Social. Existen excepciones, especialmente para actividades artísticas, pero deben comprobarse antes de comenzar.

¿Existe jubilación demorada en Clases Pasivas?

Sí, cuando el funcionario continúa legalmente en servicio después de su edad aplicable puede generar incentivos por demora. La permanencia en activo debe estar permitida o autorizada y no puede darse por supuesta en todos los cuerpos. Puedes ampliar la información en nuestra guía sobre la jubilación demorada en 2026.

Fuentes oficiales

Para consultas generales sobre tu expediente puedes utilizar los canales de Clases Pasivas o seguir nuestra guía para pedir cita previa en la Seguridad Social.


Aviso: este contenido es informativo. El cálculo puede variar por servicios en distintos cuerpos, periodos anteriores a 1985, jornadas reducidas, cómputo recíproco, normativa militar o judicial, concurrencia de pensiones y situaciones personales.

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