Alcanzar los 15 años de cotización a lo largo de la vida laboral es el umbral mínimo indispensable para acceder a la pensión contributiva de jubilación en España. Sin embargo, existe una gran confusión sobre cuál es el importe económico exacto al que se tiene derecho tras haber completado este periodo mínimo.
En esta guía te explicamos cómo calcular tu base reguladora, qué porcentaje te corresponde por ley y en qué consiste el complemento a mínimos si la cifra resultante es muy baja.
El porcentaje legal: el 50% de la base reguladora
La normativa del sistema público de pensiones establece una escala progresiva en función de los años cotizados.
Tener acreditados exactamente 15 años cotizados (de los cuales al menos 2 deben estar dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la fecha de jubilación) da derecho a percibir el 50% de la base reguladora.
- Con 15 años cotizados: Cobras el 50% de tu base reguladora.
- Por cada mes adicional de cotización (entre el mes 1 y el 106): Se añade un 0,21% extra a la base reguladora.
- Por cada mes adicional a partir del mes 106: Se suma un 0,19% extra hasta alcanzar el 100%.
Si quieres consultar la escala completa de porcentajes hasta alcanzar el 100% de la prestación, puedes revisar nuestra guía con la tabla oficial de edad de jubilación y años cotizados en 2026.
Cómo se calcula la base reguladora
Para conocer la cifra exacta en euros sobre la que se aplicará ese 50%, la Seguridad Social calcula el promedio de las bases de cotización del trabajador durante los últimos 25 años de vida laboral (300 meses de cotización).
Fórmula paso a paso:
- Suma de bases: Se suman las bases de cotización de los últimos 300 meses trabajados.
- Divisor: El resultado de esa suma se divide entre 350 (para ajustar el cálculo a las 14 pagas anuales).
- Aplicación del porcentaje: A la cantidad resultante (tu Base Reguladora) se le aplica el 50%.
Ejemplo práctico:
Si tras sumar tus últimos 25 años cotizados y dividirlos entre 350 obtienes una base reguladora de 1.400 €/mes, al haber cotizado únicamente 15 años te corresponderá una pensión de 700 €/mes en 14 pagas.
¿Qué ocurre si el cálculo resultante es inferior a la pensión mínima?
Es habitual que, al aplicar el 50% sobre bases de cotización reducidas o con periodos de desempleo, el importe final quede por debajo del mínimo fijado por la ley. En estos casos entra en juego el Complemento a Mínimos.
El complemento a mínimos es una cantidad adicional que añade la Seguridad Social a la pensión para garantizar que ningún pensionista con residencia en España cobre menos de la cuantía mínima legal aprobada en los Presupuestos Generales del Estado.
| Situación personal del pensionista | Garantía de la pensión |
| Con cónyuge a cargo | Se complementa hasta la pensión mínima fijada para unidad familiar. |
| Sin cónyuge (unipersonal) | Se complementa hasta la pensión mínima para titulares individuales. |
| Con cónyuge no a cargo | Se complementa según el tramo legal correspondiente. |
Requisitos indispensables para cobrar el complemento a mínimos:
- Residir en España: Es obligatorio no permanecer fuera de territorio español más de 90 días al año.
- Límite de ingresos: No percibir rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas que superen el límite de rentas anuales fijado para cada ejercicio.
Resumen: Pasos para solicitar tu pensión con 15 años cotizados
- Obtén tu Informe de Vida Laboral: Comprueba que la suma de todos tus periodos en alta alcanza como mínimo 5.475 días (15 años) y que al menos 2 años están dentro de los últimos 15.
- Solicita el cálculo oficial: Puedes simular tu pensión a través del portal «Tu Seguridad Social».
- Tramita la solicitud: Pide tu prestación presencialmente o a través de la Sede Electrónica. Si no dispones de identificación electrónica, puedes consultar cómo solicitar cita previa en la Seguridad Social sin certificado digital.